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General: ¿Puede una pastelería negarse a atender una boda ga?
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Respuesta  Mensaje 1 de 1 en el tema 
De: administrador2  (Mensaje original) Enviado: 27/06/2017 18:34
El Supremo de EE UU decidirá sobre los derechos LGTB y la libertad religiosa
El veto migratorio de Trump y las últimas cinco decisiones clave del alto tribunal americano
 
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¿Puede una pastelería negarse a atender una boda gay?
        Amanda Mars - Washington - El País
El Tribunal Supremo tiene un papel fundamental en la transformación de la sociedad estadounidense. A través de su función de velar por la constitucionalidad de las leyes, tiene poder sobre las decisiones políticas, la última palabra en cuestiones muy sensibles como el aborto o el matrimonio entre personas del mismo género y están blindados porque sus cargos son vitalicios. En su última semana antes del fin de curso, el órgano, ahora con mayoría conservadora, ha salvado parcialmente el veto migratorio de Trump y aceptado el caso de si una pastelería puede negarse a atender a una boda gay. Estas son las grandes decisiones anunciadas este viernes:

--Una pastelería de Colorado, centro de una nueva batalla contra la discriminación a los gays. ¿Puede un comerciante negarse a servir en la boda de una pareja homosexual alegando sus convicciones religiosas? ¿Dónde acaba la libertad confesional y empieza la discriminación por motivo de orientación sexual? Esa es la cuestión que el Supremo responderá a partir del que se ha convertido ya en un caso simbólico del debate sobre los derechos de la comunidad LGTB: el que enfrenta a la pastelería Masterpiece Cakeshop, de Colorado, con el comité de los derechos civiles del estado. El alto tribunal ha aceptado un caso que será histórico.

--Sí, el dinero público puede ir a una escuela religiosa. Un colegio de la Iglesia Luterana se querelló en 2012 contra el Estado de Misuri alegando que le había discriminado por motivos religiosos al negarle acceso a fondos públicos para una reforma. El caso, que servía para analizar la financiación de organizaciones religiosas con dinero de todos los contribuyentes, se ha resuelto a favor de la institución educativa por siete votos a dos.

--El caso del joven muerto en la frontera irá a un tribunal inferior. En junio de 2010 un chico de 15 años murió en el lado mexicano de la frontera sur de Estados Unidos por disparos de un agente de la patrulla fronteriza estadounidense. La familia del joven quería que el Supremo les permitiera demandar a aquel policía, Jesús Mesa, ante los tribunales estadounidenses por la vía civil. El Supremo no debía entrar en el fondo del suceso, sino en si la Constitución de EE UU es aplicable en ese territorio fronterizo sin una jurisdicción clara, pero ha considerado que es el Tribunal de Apelaciones de Nueva Orleans el que debe decidir sobre el caso.

--La segunda enmienda no blinda tu derecho a llevar armas. El Supremo ha evitado intervenir en una ley de California que le otorga a los sheriffs locales la autoridad para pedir que los ciudadanos que quieren llevar las armas consigo demuestren una necesidad específica para ello, como una amenaza. Los defensores de los derechos a las armas demandaron pero el Tribunal de Apelaciones de San Diego decidió que la segunda enmienda -que garantiza el derecho a la posesión- no blinda la potestad de llevarlas encima. El Supremo declina implicarse en esta batalla.
 
Fuente El País 


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